No es compatible con exportaciones, obliga a tener un sistema contable alternativo y endurece los requisitos para solicitar aplazamientos del IVA
El Ministerio de Hacienda permite que los autónomos y pymes empleen el Criterio de Caja en su contabilidad desde hace tiempo. Se trata de un sistema alternativo que permite ‘dejar fuera’ de la contabilidad del trimestre las facturas de IVA pendientes de cobro o que cree que se recibirán con retraso. En la práctica, éstas se incluyen en los arqueos correspondientes una vez que realmente se han cobrado. A simple vista parece un método efectivo para cuadrar las cuentas con la caja real de muchas empresas pero, tributar por esta vía tiene una serie de limitaciones.
En primer lugar obliga a la empresa a incluir un nuevo sistema contable y fiscal que es más complejo que el tradicional criterio de devengo.
Al mismo tiempo, obliga al cliente con quien se tiene el problema del retraso en el cobro facture por el mismo sistema. Apenas un 1% de las empresas españolas lo hacen por esta vía, de modo que cabe la posibilidad de que estos clientes opten por contratar servicios o gestionar compras posteriores con otros profesionales.
Otra desventaja de emplear el criterio de caja es que por este sistema no es posible facturar ni las exportaciones ni cualquier tipo de operación financiera con el resto de países de la Unión Europea, puesto que están regidas por el criterio devengo estándar.
Menos facilidades de aplazamiento
Las empresas que se acogen al criterio de caja tienen requisitos más duros a la hora de solicitar un “aplazamiento en la tributación del IVA correspondiente a aquellas cuotas repercutidas a nuestros clientes y no cobradas”.
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2018/01/22/autonomos/1516607708_094763.html